Te cobran un servicio que nunca pediste
Por Percival Monge
Publicado 21 de agosto de 2026 · Revisado 21 de agosto de 2026
Cuando se trata de servicios no solicitados, el plazo de dos años para reclamar ante CONDUSEF no corre desde que empezaron a cobrarte, sino desde que tuviste conocimiento del mismo. Es una regla distinta y juega a tu favor.
Aparece en el estado de cuenta como un cargo pequeño y recurrente: un seguro, una membresía, una protección. Y lleva años ahí.
La regla que cambia todo
El plazo general para reclamar ante CONDUSEF es de dos años. Pero cuando se trata de reclamaciones por servicios no solicitados, esos dos años se cuentan a partir de que tuviste conocimiento del mismo.
No desde el primer cobro. Desde que te enteras.
Por qué esto importa tanto
Porque el modelo de estos cargos se apoya justo en que no los notes. Si el plazo corriera desde el primer cobro, descubrir un cargo de hace cuatro años sería descubrir algo ya prescrito.
Qué hacer al detectarlo
- Documenta desde cuándo se cobra y cuánto suma en total. Reúne los estados de cuenta.
- Pide por escrito a la institución el documento que ampara la contratación de ese servicio. La respuesta —o la falta de ella— es parte de tu caso.
- Presenta la reclamación en la Unidad Especializada.
- Si no resuelven, CONDUSEF.
La costumbre que lo previene
Revisar el estado de cuenta línea por línea al menos una vez al año, buscando cargos pequeños que se repiten. Son los que menos se notan y los que más se acumulan.
Consultado el 21 de agosto de 2026. Si la dependencia lo modifica, esta página se actualiza y cambia la fecha del sello.
Preguntas que nos llegan
Llevan tres años cobrándome un seguro que no contraté, ¿ya prescribió?
En reclamaciones por servicios no solicitados el plazo de dos años se cuenta a partir de que tuviste conocimiento del servicio, no desde el primer cobro.
¿Cómo pruebo que no lo solicité?
La institución debería poder acreditar la contratación. Conviene pedir por escrito el documento que ampara ese servicio y conservar la respuesta.
¿Dónde reclamo primero?
En la Unidad Especializada de la propia institución. Su negativa es, además, otro de los momentos desde los que corre el plazo de dos años.
¿Me deben devolver lo cobrado?
Es precisamente el objeto de la reclamación. Documentar desde cuándo se cobra y cuánto suma es lo que sostiene la pretensión.
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