Pensión garantizada Ley 97: qué es y quién la recibe
Por Percival Monge
Publicado 11 de septiembre de 2026 · Revisado 11 de septiembre de 2026
Si cotizaste bajo la Ley 97 y tu AFORE no acumuló lo suficiente, la pensión garantizada es un piso mínimo que el Estado asegura, siempre que cumplas la edad y las semanas cotizadas que marca la ley.
Qué es la pensión garantizada
Cuando alguien cotiza bajo el sistema de cuentas individuales (la llamada Ley 97, vigente para quienes empezaron a cotizar en el IMSS a partir del 1 de julio de 1997), su pensión depende de lo que haya logrado ahorrar en su AFORE a lo largo de su vida laboral, más los rendimientos que ese dinero generó.
El problema es que no todas las personas logran acumular un saldo suficiente para vivir con eso al llegar al retiro. Para esos casos, la Ley del Seguro Social establece la pensión garantizada: un piso mínimo mensual que el Estado asegura a quienes cumplen ciertos requisitos, sin importar que el saldo de su cuenta individual sea menor a ese monto.
En otras palabras: si tu AFORE no alcanza, la pensión garantizada evita que te quedes sin un ingreso mínimo en tu vejez.
Quién puede recibirla
Para acceder a la pensión garantizada, la ley pide de manera general:
- Estar registrado bajo el sistema Ley 97 (haber empezado a cotizar en el IMSS a partir de julio de 1997).
- Cumplir la edad mínima de retiro por vejez que marca la ley.
- Haber cotizado el número mínimo de semanas que exige la normativa vigente para el año en que se solicita la pensión.
Consultado el 11 de septiembre de 2026. Si la dependencia lo modifica, esta página se actualiza y cambia la fecha del sello.
Preguntas que nos llegan
¿La pensión garantizada aplica para todos los trabajadores?
Solo para quienes cotizan bajo el sistema de la Ley 97, es decir, quienes empezaron a cotizar en el IMSS a partir del 1 de julio de 1997.
¿Qué pasa si mi saldo de AFORE sí alcanza para una pensión mayor?
Entonces no aplica el piso mínimo: recibes lo que corresponda según el saldo acumulado en tu cuenta individual, que puede ser mayor a la pensión garantizada.
¿Puedo saber si me toca Ley 73 o Ley 97?
Sí, existe una manera de identificarlo según la fecha en que empezaste a cotizar en el IMSS.
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