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Retiro y Trabajo

Pensiones del IMSS por fallecimiento

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En corto

Cuando fallece una persona asegurada, la ley reparte pensiones distintas entre sus beneficiarios: 90% para viudez, 20% por orfandad de padre o madre y 30% si faltan ambos. Casi todas exigen que el fallecido acreditara 150 semanas cotizadas o fuera pensionado por invalidez.

Son prestaciones separadas, con porcentajes y plazos propios, y se pueden recibir al mismo tiempo por personas distintas de una misma familia.

Dos reglas atraviesan a todas: el requisito de que la persona fallecida acreditara 150 semanas de cotización —o tuviera la calidad de pensionada por invalidez—, y que cada pensión se calcula sobre la misma base: la pensión de invalidez que le correspondía.

Lo que más cambia de una a otra es hasta cuándo se paga, y ahí es donde conviene revisar la letra: la de viudez no se suspende por trabajar, y la de orfandad se prorroga años si el huérfano estudia.

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