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Pensión por vejez a los 65 años

Por Percival Monge
Publicado 21 de agosto de 2026 · Revisado 21 de agosto de 2026

En corto

Requiere haber cumplido 65 años y tener reconocidas 1,000 cotizaciones semanales. Si no las reúnes, puedes retirar el saldo de tu cuenta individual en una exhibición o seguir cotizando. Con 750 semanas conservas el servicio médico.

Es la pensión por edad, sin más condición que cumplirla y haber cotizado lo suficiente.

Los dos requisitos

Para tener derecho a las prestaciones del seguro de vejez se requiere que el asegurado haya cumplido sesenta y cinco años de edad y tenga reconocidas por el Instituto un mínimo de mil cotizaciones semanales.

⚠️ Igual que en cesantía, ese párrafo fue reformado en diciembre de 2020 con una transición. Confirma con el IMSS la cifra que te aplica según tu año de pensión.

En qué se diferencia de la cesantía

La cesantía en edad avanzada aplica desde los 60 años y requiere haber quedado privado de trabajo remunerado. La vejez exige 65 años cumplidos y no depende de estar desempleado.

Son dos ramos distintos del mismo seguro, con edades y condiciones propias.

Si no llegas a las semanas

Las mismas dos salidas: retirar el saldo de tu cuenta individual en una sola exhibición, o seguir cotizando hasta cubrir las semanas necesarias.

Antes de decidir

Consulta tus semanas cotizadas con tiempo. La diferencia entre pensionarte y no hacerlo suele ser de unas pocas semanas que estaban mal registradas y podían aclararse.

De dónde salió este datoLey del Seguro Social, artículo 162 (párrafo reformado DOF 16-12-2020) · www.diputados.gob.mx
Consultado el 21 de agosto de 2026. Si la dependencia lo modifica, esta página se actualiza y cambia la fecha del sello.

Preguntas que nos llegan

¿Cuál es la diferencia con la cesantía?

La cesantía aplica a partir de los 60 años cuando quedas privado de trabajo remunerado. La vejez exige 65 años cumplidos y no depende de haber quedado sin empleo.

¿Conviene esperar a los 65?

Depende del caso concreto: la edad influye en el cálculo de la pensión. Es una decisión que conviene revisar con números propios ante el IMSS o tu Afore.

¿Y si no reúno las 1,000 semanas?

Puedes retirar el saldo de tu cuenta individual en una sola exhibición o seguir cotizando hasta cubrirlas.

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