¿Existe la licencia permanente en CDMX?
Por Percival Monge
Publicado 22 de agosto de 2026 · Revisado 22 de agosto de 2026
La licencia permanente existe en la Ciudad de México, pero el trámite publicado es de reposición, y está dirigido a personas que ya cuentan con una. En el catálogo de trámites de SEMOVI aparece la expedición de licencia Tipo A y su renovación, no una expedición de licencia permanente. La ley nacional no las prohíbe: deja la vigencia a criterio de cada autoridad.
Es una de las búsquedas más repetidas sobre licencias y la respuesta corta genera confusión, porque hay dos preguntas distintas escondidas en una: ¿existe? y ¿me pueden dar una nueva?
Lo que dice la ley nacional
Conviene empezar por ahí, porque circula la idea de que las licencias permanentes quedaron prohibidas. No es así. El artículo 51 de la Ley General de Movilidad y Seguridad Vial dice que las autoridades:
podrán establecer que las licencias no tengan una vigencia mayor a cinco años de forma general.
Podrán, no deberán. Es una facultad. La ley nacional fija un tope si la autoridad decide usarlo, pero no obliga a que toda licencia sea temporal ni prohíbe las permanentes. La decisión queda en cada estado.
Lo que sí es obligatorio en todo el país es el examen previo para obtener o renovar —eso no admite excepción, y aplica a cualquier tipo de licencia.
Qué hay hoy en la Ciudad de México
En el catálogo de trámites de la Secretaría de Movilidad aparecen, para automóvil particular:
- Licencia A — Expedición (nueva)
- Renovación Licencia Tipo A
- Licencia A Permanente — Reposición
- Licencia Digital Tipo A, y las variantes A1 (motocicleta) y A2
La lista es la respuesta. Hay una reposición de licencia permanente, pero no aparece una expedición de licencia permanente. Y la ficha del trámite lo confirma al describir a quién va dirigido:
Personas físicas que ya cuenten con una licencia permanente para conducir automóviles de uso particular.
Es decir: en la práctica funciona como un documento heredado. Quien la tiene la conserva y la puede reponer; quien no la tiene, tramita la Tipo A.
Cuándo procede la reposición
Por mutilación, deterioro de la imagen, datos ilegibles, pérdida o robo. La resolución es inmediata: sales del módulo con el documento.
Qué llevar
Identificación oficial (original y copia simple) — cualquiera de estas: credencial para votar, pasaporte, cartilla del Servicio Militar, tarjeta de residencia, cédula profesional con fotografía, o tu licencia para conducir de la Ciudad de México.
Comprobante de domicilio (original y copia simple): boleta del predial, boleta del agua, estado de cuenta bancario, estado de cuenta telefónico o recibo de luz.
Línea de captura pagada, clave 03, que se genera en el portal de la Secretaría de Administración y Finanzas.
Dos detalles que ahorran un viaje
Tu INE puede servir como comprobante de domicilio. La propia ficha lo dice: se tiene por cumplido el comprobante con la credencial para votar, siempre que traiga la información completa del domicilio.
El comprobante puede ser del Estado de México. No tiene que ser de la Ciudad de México. Es una excepción explícita y poco conocida, útil para quien vive en el área conurbada.
En qué se apoya el trámite
La ficha cita como fundamento el Código Fiscal de la Ciudad de México, artículo 229 fracción II inciso a y fracción VII, y el Reglamento de la Ley de Movilidad de la Ciudad de México, artículos 114 fracción XVII, 124, 126 fracción I inciso a y 127 BIS.
Sirve para dos cosas: saber dónde está el costo —el Código Fiscal es el que fija las tarifas— y tener la referencia exacta si en ventanilla te dicen algo distinto.
Si vives en otro estado
Aquí no podemos decirte qué aplica en tu entidad sin verificarlo, y preferimos no inventarlo: la vigencia de las licencias la decide cada estado, y varía. Lo que sí vale en todo el país es que tu licencia, del estado que sea, tiene plena validez en territorio nacional, y que el examen previo es obligatorio en cualquier entidad.
Estamos documentando estado por estado. Si el tuyo aún no aparece, revisa la tesorería o la secretaría de movilidad de tu entidad, y desconfía de cualquier página que ofrezca “licencia permanente en línea” a cambio de un pago adelantado.
Consultado el 22 de agosto de 2026. Si la dependencia lo modifica, esta página se actualiza y cambia la fecha del sello.
Preguntas que nos llegan
¿Puedo sacar una licencia permanente nueva en CDMX?
El trámite publicado de licencia permanente es de reposición y está dirigido a quienes ya cuentan con una. Para licencia nueva el catálogo ofrece la Tipo A, con expedición y renovación.
¿Las licencias permanentes son ilegales?
No. La Ley General de Movilidad dice que las autoridades podrán establecer que las licencias no tengan vigencia mayor a cinco años. Es una facultad, no una prohibición de emitir permanentes.
Perdí mi licencia permanente, ¿la recupero?
Sí. La reposición procede por mutilación, deterioro de la imagen, datos ilegibles, pérdida o robo, y la resolución es inmediata.
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