Sacar licencia ya exige examen en todo el país
Por Percival Monge
Publicado 22 de agosto de 2026 · Revisado 22 de agosto de 2026
El artículo 51 de la Ley General de Movilidad y Seguridad Vial obliga a la Federación, los estados y los municipios a exigir que toda persona que tramite u obtenga una licencia acredite un examen de valoración integral más un examen teórico y práctico, y que lo haga antes de la fecha de expedición o renovación. Aplica igual a licencias nuevas y a renovaciones.
Durante años la licencia se sacaba pagando y poco más, y cada estado decidía si evaluaba o no. Eso cambió con la Ley General de Movilidad y Seguridad Vial, que fijó un piso para todo el país.
Lo que ordena el artículo 51
La ley no le habla al ciudadano: les habla a las autoridades. Obliga a la Federación, las entidades federativas y los municipios a establecer en su normativa que todas las personas que realicen el trámite para obtener o renovar una licencia o permiso deberán acreditar:
- El examen de valoración integral que demuestre su aptitud para conducir, y
- El examen teórico y práctico de conocimientos y habilidades necesarias.
Y añade el momento: antes de la fecha de expedición o renovación. No después, no “cuando se programe”.
Renovar también cuenta
Es la parte que sorprende a más gente. El texto dice obtener o renovar. Quien lleva veinte años manejando con licencia vigente entra en el mismo supuesto cuando le toca renovar.
Cuánto puede durar tu licencia
La misma ley faculta a las autoridades a establecer vigencias máximas:
| Tipo de licencia | Vigencia máxima |
|---|---|
| General | 5 años |
| Vehículos de emergencia (atención médica, policiaca) y transporte escolar | 2 años |
Es un tope, no una obligación de emitirlas por ese plazo: cada estado fija la suya dentro de ese límite. Por eso conviene revisar el costo y la vigencia que ofrece el tuyo —en CDMX, por ejemplo, están las tarifas por tipo y vigencia.
Personas con discapacidad: en igualdad de condiciones
La ley es explícita en dos lugares:
- El examen de valoración deberá realizarse en formatos accesibles, y las autoridades competentes deben emitir los lineamientos para ello.
- Las disposiciones deben incluir un apartado específico con los requisitos que garantizan que las personas con discapacidad puedan obtener su licencia en igualdad de condiciones.
No es una recomendación: es contenido obligatorio de la regulación que cada autoridad emite.
Licencia digital, con validez nacional
El artículo 52 permite que las licencias se expidan impresas en material plástico o de forma digital, mediante aplicaciones tecnológicas. Y cierra con una frase que resuelve una duda muy repetida:
tendrán plena validez en territorio nacional.
Tu licencia estatal sirve en cualquier estado. No hay que tramitar otra por mudarte o por viajar.
Qué preguntar en tu estado
La ley fija el piso; el detalle lo pone cada autoridad. Lo que sí debe existir en tu entidad, porque la ley lo ordena:
- Los contenidos de los exámenes según el tipo de licencia
- Los protocolos para aplicarlos y evaluarlos
- Los requisitos de emisión y renovación
- El apartado de accesibilidad
Si en tu módulo te dicen que “aquí no hay examen”, lo que están describiendo es un incumplimiento de la normativa que su propia autoridad debía emitir.
Consultado el 22 de agosto de 2026. Si la dependencia lo modifica, esta página se actualiza y cambia la fecha del sello.
Preguntas que nos llegan
¿También piden examen para renovar?
Sí. La ley menciona expresamente el trámite para obtener o renovar, y exige acreditarlo antes de la fecha de expedición o renovación.
¿Cuánto puede durar mi licencia?
Las autoridades pueden establecer que no tenga vigencia mayor a cinco años en general, y de dos años para vehículos de emergencia y transporte escolar.
¿Mi licencia de un estado sirve en otro?
Sí. La ley señala que las licencias que expidan las autoridades competentes tienen plena validez en territorio nacional.
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