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Incapacidad por enfermedad: desde qué día pagan

Por Percival Monge
Publicado 21 de agosto de 2026 · Revisado 21 de agosto de 2026

En corto

El subsidio se paga a partir del cuarto día del inicio de la incapacidad, no desde el primero, y dura mientras la incapacidad se mantenga hasta 52 semanas. Si al terminar sigues incapacitado, puede prorrogarse previo dictamen del Instituto.

La sorpresa habitual llega con el primer pago: no cubre desde el día uno.

Cuándo empieza

El subsidio en dinero por enfermedad no profesional se otorga cuando la enfermedad te incapacita para trabajar, y se paga a partir del cuarto día del inicio de la incapacidad.

Los primeros tres días no los cubre este subsidio. Qué ocurre con ellos depende de tu relación laboral y de lo que ofrezca tu empresa, no de esta ley.

Cuánto dura

Mientras dure la incapacidad y hasta por 52 semanas.

La prórroga que existe y poca gente conoce

Si al concluir ese periodo continúas incapacitado, previo dictamen del Instituto se puede prorrogar el pago del subsidio. No termina automáticamente a la semana 52: hay una vía para extenderlo.

Lo que cambia si fue en el trabajo

Este régimen es para enfermedad no profesional. Si la incapacidad viene de un riesgo de trabajo, las reglas son distintas y en general más favorables. Distinguir el origen desde el primer día es lo que determina bajo qué régimen te atienden.

De dónde salió este datoLey del Seguro Social, artículo 96 · www.diputados.gob.mx
Consultado el 21 de agosto de 2026. Si la dependencia lo modifica, esta página se actualiza y cambia la fecha del sello.

Preguntas que nos llegan

¿Y los primeros tres días quién los paga?

El subsidio del IMSS por enfermedad general empieza al cuarto día. Lo que ocurra con los primeros tres depende de tu relación laboral y de las prestaciones de tu empresa.

¿Cuánto tiempo puede durar?

Hasta 52 semanas mientras dure la incapacidad. Si al concluir ese periodo sigues incapacitado, el Instituto puede prorrogar el pago tras un dictamen.

¿Aplica igual si el accidente fue en el trabajo?

No. Este artículo regula la enfermedad no profesional. Los riesgos de trabajo tienen su propio régimen y condiciones distintas.

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